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Bono para un grupo de Beneficiarios y pagos AUH, AUE y SUAF

 

La Administración Nacional de la Seguridad Social ( Ansescomenzará a entregar el bono de $7.000 para jubilados y pensionados. Además, este será el último refuerzo antes del aumento de diciembre por Ley de Movilidad.

El organismo previsional también pagará a titulares de Asignación Universal por Hijo (AUH) distintas ayudas y beneficios como el monto de la Tarjeta Alimentar, el Complemento Leche y lo retenido por Libreta AUH.

Por otro lado, distintas entidades de gobierno confirmaron bonos de fin de año para sus trabajadores. Además, el Gobierno y la Anses pagarán un bono de $45.000, dividido en dos cuotas y que cuenta con inscripciones abiertas.

Bono de Anses en noviembre

Anses entregará a los jubilados y pensionados un bono de $7.000 o $4.000 a partir del 8 de noviembre por terminación de DNI si cumplen con algunos requisitos, con el objetivo de que todas las jubilaciones se encuentren por encima de los $50.000. 

Con el bono, más el aumento por movilidad el 15,53% que continúa vigente, la jubilación mínima pasó de $37.525 a $50.353 y dos jubilaciones mínimas de $75.050 a $90.705.

Bono para jubilados: requisitos

Quiénes cobran bono de $7.000: 

  • Jubilados y pensionados con ingresos que no superen un haber mínimo. 

Quiénes cobran $4.000:

  • Jubilados y pensionados con hasta dos haberes mínimos

Nuevo aumento para jubilados

El próximo aumento para jubilados será en diciembre, de acuerdo a la Ley de Movilidad. Por lo tanto, noviembre será el último mes que se entregue tanto el bono de $7.000 como el de $4.000.

Fecha de cobro jubilados noviembre 

La fecha y lugar de cobro se puede consultar en www.anses.gob.ar con CUIL y clave de Seguridad Social. 

Jubilados y pensionados con haberes que no superen a $48.729

  • DNI finalizados en 0: martes 8 de noviembre
  • DNI finalizados en 1: miércoles 9 de noviembre
  • DNI finalizados en 2: jueves 10 de noviembre
  • DNI finalizados en 3: viernes 11 de noviembre
  • DNI finalizados en 4: lunes 14 de noviembre
  • DNI finalizados en 5: martes 15 de noviembre
  • DNI finalizados en 6: miércoles 16 de noviembre
  • DNI finalizados en 7: jueves 17 de noviembre
  • DNI finalizados en 8: viernes 18 de noviembre
  • DNI finalizados en 9: martes 22 de noviembre

Jubilados y pensionados con haberes que superen a $48.729

  • DNI finalizados en 0 y 1: miércoles 23 de noviembre
  • DNI finalizados en 2 y 3: jueves 24 de noviembre
  • DNI finalizados en 4 y 5: viernes 25 de noviembre
  • DNI finalizados en 6 y 7: lunes 28 de noviembre
  • DNI finalizados en 8 y 9: martes 29 de noviembre
Fuente: baenegocios.com
¿Qué puedo hacer para prevenir el COVID-19? Para disminuir el riesgo de contraer COVID-19 te sugerimos: 
 Distanciamiento social: mantenete a 2 metros de otras personas cuando salís y evitá reuniones en lugares cerrados. 
 Mantené la higiene de las manos lavandolas regularmente con agua y jabón o colocando alcohol en gel. Limpiá periódicamente las superficies y los objetos que usás todos los días. 
 Ventilá todos los ambientes de tu casa y de los espacios de trabajo. 
 Usá tapaboca o barbijo casero si tenés que salir de tu casa. ¿Cuánto dura el periodo de incubación del COVID-19? 
 El “período de incubación” es el tiempo que transcurre entre la infección por el virus y la aparición de los síntomas de la enfermedad, que según los datos disponibles oscila entre 1 y 14 días, y en promedio alrededor de 5 días. 
 A modo de comparación, el período de incubación de la gripe es 2 días en promedio y oscila entre 1 y 7. Por esta razón se les pide a las personas que podrían haber estado en contacto con un caso confirmado que se aíslen por 14 días. 
¿Cómo es el proceso de autorización de las vacunas contra la COVID-19 según quién la solicite? Cuando el adquirente es el Ministerio de Salud de la Nación, en uso del art. 8 de la Ley 27.573, éste presenta a la ANMAT el pedido de recomendación. 
 Esta entidad, actuando en el marco de sus competencias, le recomienda al Ministerio de Salud de la Nación proceder a otorgar la autorización de emergencia. 
 Es por ello que en el caso de la vacuna Sputnik-V, por citar un ejemplo, el Ministerio de Salud de la Nación realiza, en base a la recomendación del ANMAT, la resolución de autorización de emergencia. Cuando son los laboratorios productores de vacunas los que requieren a la ANMAT el registro de emergencia para comercialización (lo que se encuadra dentro de la Disposición 705/05), es la ANMAT la entidad que firma dicha autorización. 
 A pesar de que los mecanismos de autorización difieren, en ambos casos se realizan todos los procesos de evaluación que corresponden

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